Ermita y hermandad de la Aurora (1719). Según Sánchez de
Gálvez, la Hermandad de la Virgen de la Aurora se fundó en Alhama el día
3 de marzo de 1719, en lo que fue la antigua capilla de San Miguel,
que viera su fin con el terremoto de 1884. Erigido el templo se dotó de
capellán e imagen, asistido por la Hermandad; por esas fechas, se realizó la
escultura a la que fue dedicada la iglesia, obra costeada por un grupo de
cofrades; se disponía en un trono de nubes con un estandarte en la mano
diestra y un centro en la derecha siendo asistida por innumerables ángeles.
La Hermandad organizaba el culto al Santo Rosario, celebrando fiestas
anuales y mensuales, de las que revistió especial importancia la de la
Inmaculada. Existió también en el siglo XVIII la Hermandad de las Ánimas,
que sería continuadora de los oficios que celebraba la Hermandad de la Aurora
los días festivos que, en 1797, figuraba, en el libro de entrada de
capitales del convento de Santa Clara, como receptora unas tierras y
de 750 reales por parte del convento.
En el interior sobre la puerta se leía el
letrero: AÑO
DE 1719 SE FUNDA LA ERMITA DEL SEÑOR SAN MIGUEL ESTA HERMANDAD DE MARÍA SANTÍSIMA
Y SE COLOCO EN DICHA ERMITA. AÑO DE 1727 DÍA DEL SEÑOR SAN PEDRO SE CELEBRO LA
PRIMERA MISA. RUEGUEN A DIOS POR LA HERMANDAD Y BIENHECHORES. AVE MARÍA.
Gómez-Moreno la describió: La ermita
tiene tres naves, la del mediodía más del doble que las anteriores y más alta,
está sostenida por diez pequeñas columnas y arcos con adornos de yeso. Las de
los extremos parecidas. El retablo se hizo el año de 1765. En la última capilla
del lado derecho próximo a la pared del altar mayor hay un cuadro que representa
a San Pedro sentado en un trono echando la bendición y en la mano izquierda una
cruz con tres brazos, en el escalón que sirve de escabel al trono hay dos niños
sentados con las llaves, uno en cada extremo; otros dos ángeles sostienen el
pabellón que baja del dosel. El estilo de este cuadro es raro, los paños
menudos y los cabellos muy sueltos, el color bueno y las figuras del natural,
tendrá de alto unas tres varas y media, su parte superior es de medio punto, en
la parte inferior: JUA don A AGUS EIS / DON PEDRO LÓPEZ DE ORTIGOSA / PRESBITERO LO HIZO I /
PSDV.
En 1866, se instruyeron nuevos estatutos
para la Hermandad del Rosario de la Aurora,
con el visto bueno del gobernador civil, el 18 de diciembre de 1867 y,
finalmente, aprobadas por la reina Isabel II, el 10 de enero de 1868: La
Reina, que Dios guarde, ha tenido a bien prestar su soberana aprobación a los
estatutos por que ha de regirse y gobernarse la Cofradía de Nuestra Señora de
la Aurora que proyecta establecerse en Alhama. Tal vez, el nuevo impulso en
estos años, obedeció a la labor desarrollada por el párroco Sánchez de Gálvez,
caracterizado por un profundo celo mariano de rescate de la vida religiosa
perdida, de la devoción mariana y de sus tradiciones, no en vano preparó las
constituciones; por eso, no es casual que entre sus leyendas, figurara la de la
Virgen de la Aurora, con carácter histórico.
De los estatutos de 1866, se desprende una
refundación, con probabilidad, por la decadencia de la devoción de los primeros
tiempos, pues en el punto 14 se dice que la Cofradía es la misma Sociedad
antigua del Rosario de la Aurora, legítima depositaria de sus pertenencias:
son suyos desde luego todos los efectos, alhajas, imágenes y cualquier otro
obgeto que tenía aquélla, los cuales si estuvieren depositados se reclamarán
y colocarán custodiados en la capilla de un modo conveniente. Y del punto
15, se deduce que, además, fue la sucesora en el espacio material que ocupara
la antigua capilla de San Miguel, cuando se dice: Por igual concepto todos
los créditos que antiguamente con cargo piadoso pertenecían a San Miguel o
Nuestra Señora de la Aurora. Con la
refundación se dotó a la cofradía de 20 puntos que articularon la vida
espiritual de la misma. En ella, se admitieron a todas aquellas personas de
ambos sexos que lo desearan, con las habituales condiciones de las hermandades:
ser vecino, llevar vida honesta y costumbres piadosas. La dirección de la
Hermandad recayó en el cura párroco, su presidente, y en un vicepresidente, un
hermano mayor, un mayordomo, el capellán de la ermita, consiliario perpetuo,
otro comisario seglar, un tesorero y un secretario. Los cargos serían elegidos
anualmente, excepto los eclesiásticos.
La financiación corría a cargo de sus
miembros, mediante la aportación de una cuota anual de un escudo, quinientas
milésimas de entrada y una vela de cuatro onzas. Todos los ingresos se
custodiaban en un arca de tres llaves, en poder del vicepresidente, el hermano
mayor y el tesorero, con las alhajas, fondos de intereses, cera de la Cofradía,
la lista de los hermanos y los libros de la Hermandad. Los gastos se
justificaban por libramientos dados por la junta de gobierno, visados por el
arcipreste.
Las numerosas festividades, cuyos actos era
preceptivo celebrarlos en el templo de la advocación, dependían de la
Hermandad: ejercicios espirituales durante toda la Cuaresma, desde el Miércoles
de Ceniza hasta el Domingo de Ramos; una misa cantada solemne el Viernes de
Dolores, con sermón por la noche; otra misa cantada, el día 8 de mayo, día de
la aparición de San Miguel; una novena y función con misa y panegírico de la
Virgen, el ocho de septiembre y rosario público en la víspera; oraciones al
Crucificado los cuatro días feriados que precedían al de la Cruz; otra misa
cantada, con sermón el 29 de septiembre, a San Miguel y, del mismo modo, el 29
de diciembre, día de Santos Inocentes, la población elevaría sus
plegarias a la Virgen de la Aurora. En los días festivos se contemplaba
la posibilidad, tras la pertinente aprobación civil y eclesiástica, siguiendo
antiguas costumbres, de realizar rifas de limosnas en dulces o efectos
que los fieles por exvotos o por cualquier otro concepto hayan donado a la
Señora. Y si ambos cabildos lo permitían, la Virgen en procesión, una vez
al año, el quince de agosto o la Pascua de mayo.
Las obligaciones con los hermanos fallecidos
fueron diversas. Cuando alguno de los cofrades necesitaba el viático, la
cofradía le asistía y acompañaba con sus insignias y doce luces si fuese en
público y con ocho, sin banderola, si fuese privado. El difunto podría depositarse
en la capilla de la Aurora, a cuyo funeral concurrirían todos los hermanos con
las insignias de la Hermandad. Además, se le celebraría una misa de réquiem,
cantada a los siete días del fallecimiento. Del mismo modo, tanto en la casa
del difunto, como en la capilla que estuviera depositado el cuerpo, se le
instalarían seis luces por cuenta de la Hermandad, la cual despediría el
cadáver con la cruz parroquial.
Para dejar a salvo el derecho parroquial en
todas las actividades de la Cofradía, se pactaría con el colector de la iglesia
mayor, previa aprobación del cura párroco. El cuidado y asistencia de la
imagen, como los aderezos del templo, ornato de altares y otro menesteres
corrían a cargo de la Cofradía. Para ello, se nombraba una camarera, encargada de
los enseres de la Virgen; un sacristán, que atendía la capilla y los cultos,
con reglamentada vestimenta de sotana y sobrepelliz; el cuidado de los altares
recaía, principalmente, en los hermanos o, en su defecto, en personas piadosas
de la población.
El templo quedó tan afectado con
el terremoto de 1884 que su restauración no se realizó, retirándose consecuentemente
del culto; por este motivo, en el Informe
sobre las pérdidas y daños ni se menciona (Documento 60). En la actualidad,
ocupa su lugar una serie de almacenes, distinguiéndose claramente las líneas
generales de su arquitectura primitiva. Este edificio, ubicado en la última
casa de la calle de la Aurora, conserva todavía algunos trozos de las arcadas
de las naves interiores que, manifiestan una modesta arquitectura.